Para poder analizar la situación y poder determinar si un sistema biométrico es adecuado para registrar la jornada laboral, hay que ver si se cumple el principio de calidad de los datos, ya que los de carácter personal tan solo se pueden usar si son adecuados, pertinentes y no excesivos, y esto querrá decir valorar en cada caso la necesidad y proporcionalidad de los datos tratados, y también si la finalidad que se busca se podría conseguir de alguna otra forma menos intrusiva.
Por lo tanto, para poder evaluar la proporcionalidad de un determinado sistema biométrico para registrar la jornada laboral, sería necesario que superara los juicios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad en sentido estricto.
También cabe destacar que podría estar en contradicción con lo que dice el Reglamento de la Protección de datos, que califica los datos biométricos como una categoría especial, y por lo tanto tienen mayor protección y exigen más requisitos para poder ser utilizadas.
Lo que está claro es que cada supuesto puede ser diferente, por tanto habrá que analizar también el colectivo afectado, el ámbito en el que se quiera implantar el sistema para tratar datos biométricos, el volumen de datos personales tratados, el objetivo que se persigue, y finalmente la idoneidad de la solución propuesta.
Como contrapartida hay sistemas como timenet, que cumplen estrictamente con la normativa actual, y que no suponen ningún tipo de controversia que no utilizan datos biométricos, ya que se trata de un sistema multi plataforma de control de presencia, marcaje, registro de la jornada laboral y control de tiempo para la empresa.
Con una sola aplicación de control de horas de trabajo podrá ver de forma centralizada las entradas y salidas de los trabajadores y el lugar del marcaje, tener disponible el registro de la jornada para el correcto cumplimento de la ley y controlar los tiempos de dedicación a proyectos para optimizar los recursos humanos y físicos de la empresa.