¿Sabes a qué pausas tiene derecho?

En este post le explicaremos a qué pausas tiene derecho, ya que el Estatuto de los Trabajadores regula, de forma muy clara, los descansos a lo largo de la jornada laboral, y también entre días de trabajo o fines de semana, y el objetivo es garantizar la seguridad y el bienestar físico y mental de las personas trabajadoras, y asegurar que puedan cumplir con su actividad de forma óptima.

10/10/2022

El Estatuto expresa que es esencial respetar los períodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en la Ley, así como que la jornada laboral debe ser de 40 horas semanales, en cómputo medio anual, y tan sólo podrá tener una distribución irregular del 10 % de ésta, en los casos que queden recogidos en un convenio colectivo o contrato.

Pero las condiciones generales expresadas en el Estatuto de los Trabajadores son las siguientes:

  • Cuando la jornada sea cumplida, y por tanto exceda la media jornada, el/la trabajador/a tiene derecho a un descanso.
  • Cuando la jornada laboral exceda de seis horas, se tendrá derecho a un descanso de al menos 15 minutos.
  • Por tanto, la conocida como “pausa del café”, es un período de tiempo que puede ser considerado como tiempo efectivo de trabajo, y no hay necesidad de recuperarlo, si está reconocido por el correspondiente convenio colectivo o contrato de trabajo.
  • El descanso obligatorio mínimo entre jornadas de trabajo, es decir, entre el final de una y el comienzo de otra, será de mínimo 12 horas.
  • El descanso semanal será de día y medio sin interrupciones, pudiendo ser acumulado por períodos de 14 días.

Finalmente cabe comentar que, en esta reglamentación existen excepciones como los menores de edad, y algunos sectores como la hostelería, ya que se trata de casos en los que existen necesidades de protección diferentes.

Pausas

Sea cual sea el sistema utilizado por las empresas, timenet, es una herramienta de registro de la jornada laboral, que permite registrar el inicio y el final de esta, pero también todas las pausas!!

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