Actualmente las empresas tienen dos opciones:
1.- Las empresas podrán continuar con el teletrabajo, siempre y cuando esté justificado y consensuado con la plantilla, aunque la situación de teletrabajo Covid 19 finalice legalmente el 9 de agosto de 2021.
De hecho ya hay también una nueva Ley que regula el teletrabajo y que permite aplicar una serie de medidas para poder llevar a cabo esta práctica respetando la legalidad.
2.- Volver a la presencialidad, pero asegurándose de que se cumplen todas las normativas vigentes, para poder asegurar la salud, el bienestar de los trabajadores, y minimizar los riesgos.
En estos momentos las medidas más importantes a aplicar son:
- Adoptar medidas de ventilación, limpieza y desinfección adecuadas a las características e intensidad de uso de los centros de trabajo.
- Poner a disposición de los trabajadores agua, jabón o geles desinfectantes autorizados por el Ministerio de Sanidad.
- Adaptar las condiciones de trabajo, incluida la ordenación de los puestos de trabajo y la organización de los turnos, y también el uso de los lugares comunes de forma que se garantice el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal mínima de 1,5 metros.
- Adoptar medidas para evitar la coincidencia masiva de personas, tanto trabajadores como clientes o usuarios, en los centros de trabajo durante las franjas horarias en las que se pueda prever mayor afluencia.
- Adoptar medidas para la reincorporación progresiva de forma presencial en los lugares de trabajo y la potenciación del uso del teletrabajo cuando por la naturaleza de la actividad laboral sea posible.