Esta nueva Ley especifica que el teletrabajo debe tener un carácter voluntario y recíproco, y eso quiere decir que no se puede obligar a un trabajador/a teletrabajar, pero si éste/a, si cumple las condiciones previstas en el convenio colectivo, sí que puede pedir a la empresa hacer.
Esta nueva ha aprobado coincidiendo con el momento en que debido a la grave crisis del coronavirus, se han aplicado nuevas medidas restrictivas, que aconsejan teletrabajar en todos los casos que sean posible.
Aunque esta Ley ha sido pensada para ser útil más allá de la pandemia, puede ayudar a potenciar el trabajo y desde casa, y que según declaraciones de Josep Ginesta, secretario general de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, el teletrabajo también conllevará "un reequilibrio territorial de la economía y de los recursos" y suavizará las "diferencias entre la conurbación y el resto del territorio".
Teóricamente si se opta por teletrabajar la ley obliga a que, en el plazo de tres meses, se haga un acuerdo en el que se detallen las condiciones de trabajo: el horario, la flexibilidad, el centro de referencia, los medios materiales... La norma prevé que cada trabajador deberá tener un documento donde se fije todo esto, y es necesario que todas las empresas hagan documento, y el registren.
Pero si a causa de la pandemia hay que acelerar el teletrabajo, habrá la obligación igualmente que la empresa ponga los medios a disposición de los trabajadores/as, ya que el la persona que trabaja desde casa no puede tener ningún gasto derivado de esto, por lo tanto, todos los elementos que necesite el trabajador para hacer el trabajo adecuadamente los pondrá la empresa.