- Se considera teletrabajar cuando se hace durante al menos dos días a la semana, o el 30% del tiempo, por un periodo de tres meses.
- Es necesario que empresa y trabajador/a firmen un acuerdo individual en cada caso.
- La empresa deberá pagar a la persona que teletrabaje todos los gastos relacionados con la actividad, como equipos informáticos, o equipamiento necesario para poder desarrollar el trabajo.
- La empresa tendrá que llegar a un acuerdo con la plantilla o con sus representantes legales, y en el convenio colectivo deberá dejar claro cómo se compensarán y/o pagarán todos los gastos relacionados con el teletrabajo.
- El teletrabajo debe ser voluntario y reversible para ambas partes.
- Es necesario que haya las mismas condiciones laborales para toda la plantilla empresarial, tanto por los que teletrabajan, como por los que no.
- La empresa podrá adoptar las medidas de control que considere más efectivas, siempre y cuando no vayan en contra de cualquier otro derecho a la dignidad y privacidad de las personas.
Con nuestro sistema timenet se puede empezar a teletrabajar y cumplir estrictamente con la Ley del Teletrabajo, y también con la del registro obligatorio de la jornada laboral sin ningún problema, ya que tan sólo con un dispositivo que tenga conexión a internet se puede indicar la hora, así como el lugar, en el que se empieza y se termina la jornada laboral.
De esta manera es fácil poder trabajar tanto desde la oficina como desde casa, como desde cualquier lugar, además el módulo dedicado a proyectos permite controlar la dedicación de cada persona a tareas concretas.