¿Cuál es el criterio de Inspección de Trabajo en materia de Registro de la Jornada Laboral?

La Inspección de Trabajo publicó el pasado mes de junio, en su web, el criterio que utilizará en materia de Registro de la Jornada Laboral, y lo que queda muy claro es que se trata de una obligación empresarial para ayudar a garantizar la salud y la seguridad de los trabajadores.

9/9/2019

Otro aspecto que hay que registrar necesariamente son las horas extras de toda la plantilla empresarial, y también las horas de los trabajadores desplazados o que están en movilidad constante.

Las empresas deberán conservar en sus sedes, de forma accesible, todos estos registros durante 4 años, por si los requieren los inspectores de trabajo, los representantes o los mismos trabajadores

Los criterios más flexibless son por ejemplo las pausas durante el tiempo de trabajo, ya que la Ley pide que se registre cada día el inicio y el final de la jornada laboral, pero no exige que queden reflejadas las pausas o interrupciones que no tengan carácter de tiempo de trabajo efectivo.

Por tanto la organización y los trabajadores deberán negociar y acordar si en el registro diario de la jornada laboral se registrarán las pausas que no sean estrictamente de trabajo, y también como se hará; en este aspecto hay libertad para decidir cómo se lleva a cabo y se registra el cómputo de horas diarias de los trabajadores/as.

El incumplimiento de esta obligación de registro de la jornada laboral supondría una infracción grave recogida en art. 7.5 LISOS.

Sistemas de control de horarios como timenet, permite cumplir con todas las especificaciones de la Ley, y estar preparados para cualquier inspección de Trabajo en materia de registro de la jornada laboral que pueda haber.

Inspección de Trabajo

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