Pero una vez finalizado este periodo, las personas trabajadoras deben recuperar todas estas horas de las jornadas de trabajo perdidas, y hay que haberlo hecho antes del 31 de diciembre de 2020.
Para poder hacerlo es necesario que la empresa y el personal hayan negociado el procedimiento a seguir para hacerlo y hayan llegado a un acuerdo común que sea satisfactorio para ambas partes. Habrá que tener en cuenta que hay una serie de regulaciones que limitan el número de horas máximas que se pueden trabajar en el día y a la semana, por lo tanto tendría que haber algún "período de consultas entre las empresas y los representantes legales de los trabajadores" para ver cuando se podrían realizar todas esas horas.
Una vez las dos partes se hayan puesto de acuerdo, los trabajadores podrán empezar a recuperarlas en las condiciones acordadas. Pero el problema puede venir en los casos en los que no haya habido ningún acuerdo entre la organización y la plantilla empresarial, y en este caso habría que ir a buscar jurisprudencia (otras sentencias) que pueda aclarar esta cuestión y que permita poder llegar a acuerdos satisfactorios para ambas partes.