A los autónomos no les influye la ley del registro de jornada laboral, ya que no venden directamente tiempo de trabajo, sino el fruto de su trabajo, por tanto los trabajadores/as por cuenta propia no están obligados ni a registrarse ni a guardar sus horas de trabajo.
De todas formas, los autónomos que tengan trabajadores/as contratados sí que tienen que buscar un sistema de control de la jornada laboral de estos, ya que en este caso actúan como empresarios y deben cumplir con la normativa vigente.
El sistema de control de la jornada laboral debe permitir registrar las horas de entrada y de salida de la plantilla empresarial, incluyendo todo lo que se considera tiempo de trebajo efectivo, en caso de que haya paradas de diferente índole, será necesario que empresarios y trabajadores negocien cómo se contabilizarán.
En casos en los que se pacte teletrabajo, o en los que haya desplazamientos también habrá que llevar a cabo este registro de la jornada laboral, y con sistemas de control del tiempo como timenet, será muy sencillo, ya que se podrá hacer a través de una aplicación fácil y económica, que no necesita ningún software para poder funcionar, tan sólo habrá un dispositivo con conexión a Internet.
Otro aspecto importante es que el sistema de control horario que se utilice cumpla con los requisitos de la ley en materia de protección de datos, y también que permita guardar los datos durante 4 años, de modo que tan sólo tengan acceso los responsables autorizados o el propio trabajador; de nuevo timenet facilita todos estos aspectos.